El marco que hasta hace poco las personas mayores y sus familias se encontraban a la hora de elegir una residencia geriátrica en la que ingresar a nuestros mayores era el siguiente:
Con financiación pública, y reservado sólo a quienes han sido valorados como Dependientes con un Grado II o III (severa y alta dependencia, respectivamente) por la Generalitat de Cataluña:
1.- Residencias públicas, propiedad de la Administración, con listas de espera terriblemente largas, de varios años, y cada vez mayores.
La cartera de Servicios Sociales de Cataluña establece un sistema de copago del precio de la plaza, en que una parte del pago la asume el futuro usuario, en función de sus ingresos (nunca se superan éstos), y el resto la Administración.
2.- Residencias privadas, con plazas en régimen de concierto o de colaboración, asimiladas a las plazas de las residencias públicas. Al igual que las anteriores, existen listas de espera para ingresar.
En todos estos supuestos, la cartera de Servicios Sociales de Cataluña establece un sistema de copago del precio de la plaza, idéntico al del caso anterior.
3.- Residencias privadas en régimen de colaboración, de concierto o de acreditación, que ofrecen plazas privadas, con una financiación pública que ha permitido completar la capacidad económica de las familias para costear el precio de la plaza, y que se ha denominado prestación económica vinculada para el ingreso de nuestros mayores dependientes en plaza privada.
Los beneficiarios de esta ayuda económica pueden hallarse a la vez apuntados en lista de espera para ingresar en plazas residenciales públicas en una residencia pública, colaboradora o concertada, que son los supuestos 1 y 2 anteriores.
Sin financiación pública, plazas privadas en residencias privadas, hubiesen sido o no valorados nuestros mayores como Dependientes con un Grado II o III.
La Generalitat de Cataluña paralizó el pasado mes de agosto la tramitación de la prestación económica vinculada, ayuda dirigida a complementar la capacidad económica del usuario para poder ingresar en una plaza privada de residencia, mientras permanece apuntado en una lista de espera para plaza pública. La suspensión de la tramitación de esta ayuda se ha prorrogado el 30 de septiembre, alegando la directora General del ICASS (INSTITUT CATALÀ D’ASSISTÈNCIA I SERVEIS SOCIALS), la señora Carmela Fortuny, que ha sido debido a la deficiente financiación de la Dependencia por parte de la Administración del Estado Español, pero sin dar fecha alguna en la que se volverá a poner en marcha la tramitación normal de los expedientes. Mientras tanto, por parte del ICASS se están manteniendo reuniones con las principales patronales del sector geroasistencial, para consensuar posibles alternativas y explicarles las nuevas medidas que se irán adoptando para la sostenibilidad del sector. Se ha hecho referencia por la Administración en que se priorizará el pago de los servicios de la dependencia, y entre ellos las prestaciones económicas vinculadas, en la medida en que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, y que se tomarán las medidas encaminadas hacia ello.
A efectos prácticos, el escenario que nos encontramos para las familias y las nuevas personas dependientes que quieran ingresar en una residencia a partir del 1 de agosto de este año, es que no podrán de momento tramitar la prestación económica vinculada, y serán consideradas como personas ingresadas en centros residenciales privados, que no cobrarán ninguna ayuda económica pública derivada de la Dependencia, pero que sí podrán apuntarse y permanecer en listas de espera de plazas residenciales públicas, tanto de residencias privadas como públicas. Esta situación de ingreso en una plaza privada a partir de dicha fecha no es compatible con cobrar la ayuda económica del cuidador no profesional, que se reserva sólo para los dependientes que se queden en casa al cuidado de sus familiares.
Respecto a los dependientes ingresados en plazas privadas de residencia que no hayan podido tramitar la prestación económica vinculada con anterioridad al uno de agosto del año en curso, si éstos o sus familiares manifiestan su imposibilidad de poder continuar con el ingreso en el centro residencial, la trabajadora social de la residencia se pondrá en contacto con los servicios sociales del Ayuntamiento, exponiendo la situación de la persona dependiente, a fin de priorizar la confección de un acuerdo PIA con la Generalitat de Cataluña, para la concesión de la ayuda económica del cuidador no profesional, que apoye a la persona en su regreso al domicilio, y se informará al Departamento de Benestar Social para que se priorice en estos casos el pago de la prestación.
En cuanto a nuestros mayores que continúan en casa al cuidado de sus familiares, que actualmente tramiten la prestación económica del cuidador no profesional, y que no sea el caso anterior que vienen de una residencia privada que no pueden continuar pagando, no se priorizará en estos casos el pago de la prestación, siendo la demora estimada en el pago actualmente de un par de años.
Escenario distinto es el de las plazas de centro de día, en las que afortunadamente sí se presta en forma inmediata el servicio, sin listas de espera para las plazas públicas en la mayoría de los centros (privados o públicos), o de muy poca entidad en todo caso, y para las plazas privadas SÍ se tramitan en este caso la prestación económica vinculada, todo lo cual supone un cierto alivio para las familias, que ven cubiertas en gran parte las necesidades de la persona dependiente durante el tiempo que permanecen en lista de espera para ingresar en una residencia.
COMENTARIOS RECIENTES